En este 10 de mayo, mientras en México se celebra el Día de las Madres, en Espartanas MX te platicamos sobre el reglamento de la Liga MX Femenil y su postura respecto a las futbolistas que van a ser mamás.
En el artículo 35 donde estipula que se podrá inscribir a una jugadora fuera del periodo de inscripción para remplazar temporalmente a un elemento que esté de baja por maternidad.
Además, dependiendo su situación contractual, se podrá inscribir a una jugadora fuera del periodo de inscripción tras finalizar su baja por maternidad.
Para que proceda la sustitución, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) El embarazo de la Jugadora deberá ser informada a la LIGA MX en el momento en el que se tenga conocimiento de éste.
b) El embarazo de la Jugadora deberá ser confirmado mediante los estudios médicos correspondientes. Presentando a la LIGA MX la historia clínica y resultados de los estudios realizados a la Jugadora.
c) Si la Jugadora embarazada es una de las mínimo 14 (catorce) Jugadoras FM, la Jugadora sustituta deberá cumplir con las mismas condiciones para su registro.
d) Únicamente se podrá sustituir a una Jugadora embarazada por otra Jugadora que no haya sido
registrada por otro Club en el Torneo de que se trate.
e) La Jugadora sustituta debe en su caso, ser registrada con un número de camiseta distinto a la
Jugadora que será baja por lesión.
En el caso en el que, el Contrato de una Jugadora venza durante su baja por maternidad, el Club deberá velar por la salud e integridad de la Jugadora, de conformidad con lo establecido con el Reglamento de Transferencias y Contrataciones.
¿Qué dice la FIFA de jugadoras embarazadas?
En 2020, la FIFA realizó cambios importantes al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ), en las que se establecen las garantías de protección de la maternidad y destacó que todas las federaciones tendrán libertad para ofrecer mayores.
Las jugadoras tienen derecho a:
- Remuneración obligatoria.- Una jugadora tendrá derecho a una baja por maternidad, definida como el periodo de descanso laboral retribuido de 14 semanas como mínimo que se concede a una jugadora en caso de quedarse embarazada, por la que percibirá dos terceras partes del salario que estipule el contrato. Al menos ocho de estas semanas deberán tener lugar tras dar a luz.
- Regreso al trabajo.- Las jugadoras tendrán derecho a retomar la actividad futbolística tras la baja por maternidad. El club tendrá la obligación de facilitar su incorporación y ofrecerles apoyo médico continuo. Las jugadoras deberán poder amamantar a sus bebés o extraerse leche. El club deberá poner a su disposición un lugar adecuado para ello
- Periodo de inscripción.- Un club podrá inscribir provisionalmente a una jugadora fuera del periodo de inscripción para reemplazar temporalmente a otra jugadora que esté de baja por maternidad.
- Protección oficial contra el despido de las jugadoras.- Si un club rescinde unilateralmente el contrato se considerará una circunstancia agravante, por lo que tendrá la obligación de abonar una indemnización, se impondrán sanciones deportivas, junto con una multa.
- Protección durante el embarazo.- Si las jugadoras embarazadas deciden seguir prestando servicios deportivos, para garantizar que lo hagan de forma segura, tendrán derecho a recibir periódicamente el asesoramiento de un profesional médico independiente. También tendrán derecho a prestar otros servicios alternativos a su club.